Usina de Justicia logró un fallo histórico que reconoce el derecho de las víctimas a intervenir en la etapa de cumplimiento de la pena.

El Juez Nacional de Ejecución Penal N° 4, Dr. Marcelo Peluzzi, hizo lugar al pedido formulado por Diana Cohen de Agrest –fundadora de la organización Usina de Justicia- y su esposo Gustavo Agrest, mediante su abogado César Mayer, a efectos de ser escuchados por el tribunal antes de resolver cualquier pedido de libertad condicional, salidas transitorias, libertad anticipada, o alguna medida de seguridad, que formule el asesino de su hijo Ezequiel Agrest, quien se encuentra cumpliendo pena de prisión.
Se trata del primer pronunciamiento judicial que reconoce ese derecho a las víctimas en nuestro país, pese a que ya ha sido reconocido en el plano internacional por la Organización de Naciones Unidas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Estatuto de Roma y la Corte Penal Internacional, a través de normas que garantizan a la víctima el acceso a todas las etapas del proceso penal, incluida la del cumplimiento de la pena impuesta a sus agresores.
Los padres del joven asesinado sostuvieron ante el juez que el actual art. 491 del Código Procesal Penal de la Nación, que prohíbe que la víctima sea siquiera oída en la etapa de cumplimiento de la pena de su agresor, “constituye una clara discriminación en perjuicio de las víctimas, que afecta la igualdad de tratamiento de las partes en el proceso penal. Porque el derecho constitucional a la defensa en juicio, que implica el derecho a intervenir y a ser oído en el proceso penal, no se agota con el dictado de la sentencia que impone una condena, sino que se extiende a la etapa de cumplimiento de la pena, que es el corolario del proceso penal”. También alertaron que ese derecho era imprescindible para que la víctima pueda tomar conocimiento de cualquier trámite de liberación del condenado y adoptar los recaudos imprescindibles para prevenir cualquier represalia dirigida contra ellos mismos o su familia.
El fallo del Dr. Peluzzi, que quedó firme, no fue objetado por el Fiscal interviniente en el caso ni por la defensora oficial del condenado.
Los padres del joven asesinado expresaron su enorme satisfacción por este pronunciamiento judicial, que alienta a las víctimas de crímenes fatales a tomar intervención en las causas judiciales y hacerse oír en defensa de sus derechos. “Durante la ultima de las audiencias donde se juzgo al asesino de mi hijo, me contaron que un conjunto de madres habían organizado una cadena de oraciones por Ezequiel. En ese instante, sumida en mi congoja, advertí que la historia de Ezequiel era una entre miles. Me di cuenta de que mi tarea recién comenzaba. Espero que este fallo sea el precedente de muchos otros y que otras madres puedan esperar algo de justicia: que se transforme, replicado, en otras voces, en otras manos, en otras luchas
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