Usina de Justicia pide intervenir como amicus curiae y presenta una denuncia penal tras la suspensión de la Ley 27.801

El 7 de septiembre, apenas dos días después de la entrada en vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil, Usina de Justicia realizó dos presentaciones judiciales ante la decisión que suspendió preventivamente por 60 días la aplicación de la Ley 27.801 en la provincia de Buenos Aires: solicitó intervenir como amicus curiae en el hábeas corpus que dio origen a la medida y, en una actuación separada, formuló una denuncia penal contra la jueza Marta Elba Pascual por los presuntos delitos de Usurpación Funcional y Abuso de Autoridad.
La decisión fue adoptada por el Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N.º 2 de Lomas de Zamora, a cargo de la jueza Marta Elba Pascual, en la causa 40881-HC, “Federación Familia Grande Hogar de Cristo s/ Habeas Corpus Preventivo Colectivo”.
La magistrada dispuso suspender preventivamente la aplicación del nuevo régimen penal juvenil en territorio bonaerense durante 60 días y convocó a una audiencia para el 16 de septiembre, en la que autoridades provinciales deberán informar sobre las medidas adoptadas y previstas para su implementación.
La medida no derogó ni anuló la Ley 27.801: dispuso temporalmente que no sea aplicada en la provincia de Buenos Aires mientras continúa la discusión judicial.
Usina pidió ser escuchada como amicus curiae
Ante esta situación, Usina de Justicia solicitó formalmente al tribunal ser admitida como amicus curiae y participar de la audiencia convocada para el 16 de septiembre.
La presentación fue realizada en representación de la Asociación Civil Usina de Justicia por el Dr. Fernando Oscar Soto, con el patrocinio letrado del Dr. Martín Luis Sarubbi, y plantea la necesidad de incorporar al proceso la perspectiva y los derechos de las personas víctimas de delitos.
Usina recordó en su presentación que uno de sus objetivos institucionales es defender y promover la participación de las víctimas y de sus familiares en los procesos judiciales y procurar que puedan ser escuchadas cuando se adoptan decisiones que afectan directamente el funcionamiento del sistema penal.
¿Qué es un amicus curiae?
Amicus curiae significa literalmente “amigo del tribunal”.
Es una figura mediante la cual una persona, organización o institución que no es parte directa de un juicio puede acercar al tribunal argumentos, conocimientos especializados o una perspectiva relevante para la cuestión que debe resolver.
El amicus curiae no reemplaza a las partes del proceso ni decide el conflicto. Su función es contribuir al debate judicial y aportar elementos que el juez puede considerar al momento de resolver.
En este caso, Usina de Justicia busca que dentro de la discusión sobre la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil también sean considerados el interés colectivo y los derechos de las víctimas de delitos.
Una segunda acción: la denuncia penal contra la magistrada
De manera separada de la presentación como amicus curiae, Usina de Justicia formuló una denuncia penal contra la jueza Marta Elba Pascual y solicitó que se investigue si su actuación puede configurar los delitos de Usurpación Funcional y Abuso de Autoridad.
La presentación atribuye esas figuras a la decisión de suspender los efectos de una ley penal sancionada por el Congreso de la Nación. Se trata de la posición jurídica sostenida por Usina en su denuncia y deberá ser evaluada por la Justicia: la presentación de una denuncia no implica que exista una condena ni que los delitos denunciados se encuentren acreditados.
Entre sus fundamentos, Usina sostiene que la decisión judicial se habría basado en una hipótesis de futuro acerca de un posible incremento de las internaciones y de las condiciones de alojamiento, sin que existiera —según la presentación— una lesión concreta que justificara suspender la aplicación de la ley.
La denuncia cuestiona además que al evaluar ese escenario no se hayan considerado integralmente las distintas herramientas previstas por la Ley 27.801, que no establece únicamente penas privativas de libertad. El nuevo régimen contempla también medidas educativas y de acompañamiento, prohibiciones de contacto o acercamiento, servicios a la comunidad, monitoreo electrónico y mecanismos de reparación integral del daño, entre otras respuestas posibles.
Usina sostiene, finalmente, que la suspensión de los efectos de una ley penal nacional excedería las atribuciones del tribunal y afectaría la división de poderes. Es sobre esa base que solicitó la apertura de una investigación penal para determinar si existió responsabilidad de la magistrada.
La Ley 27.801 también reconoce derechos a las víctimas
La discusión sobre el Régimen Penal Juvenil no se limita a la situación de los adolescentes alcanzados por la ley.
La propia Ley 27.801 reconoce expresamente derechos a las víctimas de delitos y contempla su participación en distintas etapas del proceso. Entre otras previsiones, establece mecanismos para que sean escuchadas, reciban asistencia especializada, puedan acceder a patrocinio jurídico en determinados supuestos y participen en decisiones que las afectan.
También incorpora medidas directamente vinculadas con su protección y reparación, como la prohibición de acercamiento o contacto y la reparación integral del daño.
Por eso, para Usina de Justicia, una discusión judicial capaz de modificar la aplicación del nuevo régimen penal no puede desarrollarse sin que la perspectiva de las víctimas tenga también un lugar efectivo.
La protección de los derechos y garantías de los adolescentes sometidos a un proceso penal y la defensa de los derechos de las víctimas no son objetivos incompatibles. Ambos forman parte de las obligaciones de un sistema de justicia democrático.
Usina de Justicia solicitó intervenir precisamente para que esa perspectiva sea escuchada.
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